lunes, 12 de septiembre de 2011

PEQUEÑAS REFLEXIONES


 "Fatiga de un   trabajador  debe ser proporcional  al descanso de quien es responsable  de implementar las medidas de prevención para evitarla"  C.A Resgu
                                               
  “ Salud en el Trabajo…si no se entiende dificil arte que es accion de todos"


C.A. Resgu


"Cada vez que le ocurra un accidente, no olvide reflexionar sobre las posibilidades que tiene de poder sacarle provecho a esta circunstancia".
Epictetus, 60- 120 A.C.

"Si no se conoce la causa de los fenómenos, las cosas se manifiestan secretas, oscuras y discutibles, pero todo se clarifica cuando las causas se hacen evidentes".
Luis Pasteur

"Desgraciadamente, la mayoría de las mediciones que se practican en la actualidad en el campo de la seguridad, hacen necesario que los accidentes que significan pérdidas de cierta consideración tengan que ocurrir primero, antes que sea posible la identificación de los problemas que causan estos accidentes".
Dr. W. E. Tarrants

"Por lo menos el 85% de todos los accidentes del trabajo son provocados por la incapacidad para salir adelante con la angustia emocional".
E.M. Gherman

"Los factores crecientes de riesgo requieren de un enfoque más completo para la administración de esos riesgos, que lo que nuestra riqueza y aislamiento nos han permitido en el pasado".
Jerome Ledere



"La mayoría de los accidentes ocurren en un área a la cual el trabajador no está acostumbrado, y durante la realización de una tarea que no es la habitual. Este necesita, fundamentalmente, información sobre cómo ejecutar su trabajo, y sólo en segundo término, sobre cómo ejecutarlo en forma segura".
J.sain



LEYES DE LA SALUD OCUPACIONAL

La Ley 100 de 1993 estableció la estructura de la Seguridad Social en el país, la cual consta de tres componentes como son:
  • El Régimen de Pensiones
  • Atención en Salud
  • Sistema General de Riesgos Profesionales.
Cada uno de los anteriores componentes tiene su propia legislación y sus propios entes ejecutores y fiscales para su desarrollo.En el caso específico del Sistema de Riesgos Profesionales, existe un conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan, además de mantener la vigilancia para el estricto cumplimiento de la normatividad en Salud Ocupacional.El pilar de esta Legislación es el Decreto Ley 1295 de 1994, cuyos objetivos buscan establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, fijar las prestaciones de atención en salud y las prestaciones económicas derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional, vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la Legislación en Salud Ocupacional y el esquema de administración de Salud Ocupacional a través de las ARP.Particularmente, el Decreto 1295 en su Artículo 21 Literal D, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de Salud Ocupacional en la empresa y su financiación. En el Artículo 22 Literal D, obliga a los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del programa de Salud Ocupacional de las empresas.
La Ley 100 de 1993, norma primordial del Sistema en Colombia, ha tenido modificaciones mediante leyes expedidas por el congreso de la república y en su componente de salud han sido las siguientes:
  • Ley 1122 de 2007: su objetivo según se señala en su artículo primero fue: "...realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios. Con este fin se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, equilibrio entre los actores del sistema, racionalización, y mejoramiento en la prestación de servicios de salud, fortalecimiento en los programas de salud pública y de las funciones de, inspección, vigilancia y control y la organización y funcionamiento de redes para la prestación de servicios de salud".
  • Ley 1438 de 2011: según lo señala su artículo primero: " ...tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud que en el marco de la estrategia Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servicios de mayor calidad, incluyente y equitativo, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean los residentes en el país. Se incluyen disposiciones para establecer la unificación del Plan de Beneficios para todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad financiera.

martes, 6 de septiembre de 2011

Salud ocupacional, un asunto de todos...

¿Qué es la salud ocupacional?


Es la ciencia que se encarga del bienestar fisico, social y mental  de los trabajadores y de las máquinas en el entorno laboral, tratando de minizar los factores de riesgo; tanto fisicos como psicológicos para que no ocurran los accidentes de trabajo. 

Según la Oranización mundial del trabajo, es definida como "la rama de la salud pública que busca mantener el máximo estado de bienes tar de los trabajadores en todas las ocupaciones, protegerlos de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionale". En suma adaptar el trabajo al hombre.

  1.  Mojica Hernández; Universidad distrital francisco josé de caldas. Bogotá 2002, citado
en el módulo de salud ocupacional, UNAD cead pamplona, norte de santander
2009
  
Aqui ponemos un video muy interesante sobre los materiales de protección: